Juicio de Nulidad archivos - Acto Administrativo My WordPress Blog Wed, 23 Sep 2026 01:54:54 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=7.1.2 Recurso de Queja en el Juicio Contencioso Administrativo https://actoadministrativo.com/recurso-de-queja-en-el-juicio-contencioso-administrativo/ Wed, 23 Jul 2025 01:55:39 +0000 https://actoadministrativo.com/?p=29 Recurso de Queja en el Juicio Contencioso Administrativo: Defensa ante el Incumplimiento de Sentencias Cuando una autoridad no cumple con la sentencia dictada por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), o pretende burlarla mediante actos simulados o retardados, existe un mecanismo procesal para exigir su cumplimiento: el recurso de queja. Este recurso está regulado […]

El cargo Recurso de Queja en el Juicio Contencioso Administrativo apareció primero en Acto Administrativo.

]]>
Recurso de Queja en el Juicio Contencioso Administrativo: Defensa ante el Incumplimiento de Sentencias

Cuando una autoridad no cumple con la sentencia dictada por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), o pretende burlarla mediante actos simulados o retardados, existe un mecanismo procesal para exigir su cumplimiento: el recurso de queja.

Este recurso está regulado en el artículo 58 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA) y puede ser promovido por el afectado, incluso en cualquier momento, según el tipo de omisión o irregularidad detectada.


⚖ ¿Cuándo procede la queja?

Existen tres escenarios principales en los que la queja se puede presentar:

1. Incumplimiento de la sentencia

Cuando la autoridad:

  • Repite indebidamente la resolución anulada.
  • Emite una resolución fuera de los plazos legales.
  • Omite cumplir la sentencia sin justificación.
  • Viola la suspensión definitiva del acto impugnado.

2. Incumplimiento de medidas cautelares

Cuando durante el juicio, la autoridad:

  • Desacata una suspensión otorgada, o
  • Incurre en actos que afectan otra medida cautelar emitida por el Tribunal.

3. Presentación de quejas notoriamente improcedentes

Si alguien presenta una queja sobre actos que no son resoluciones administrativas definitivas, se le puede sancionar con una multa económica considerable.


Requisitos para interponerla

  • Debe presentarse por escrito, acompañado de copia para la autoridad y, si existe, la resolución que motivó la queja.
  • Se tiene un plazo de 15 días contados desde que surte efectos la notificación del acto que la origina.
  • Si la queja es por omisión de cumplimiento, puede presentarse en cualquier momento, mientras no prescriba el derecho.

¿Qué puede resolver el Tribunal?

Una vez admitida, el Tribunal puede:

  • Declarar la nulidad de actos que violen la sentencia o la suspensión.
  • Imponer multas al funcionario responsable.
  • Prevenir a la autoridad para no reincidir.
  • Declarar cumplimiento sustituto si no puede cumplirse lo ordenado.
  • Enviar el caso a la Contraloría Interna para determinar responsabilidades administrativas.
  • Reconocer el derecho a indemnización del quejoso, si hubo daños o perjuicios.

Ejemplo práctico

Imagina que una sentencia anuló un crédito fiscal determinado por el SAT. Si la autoridad emite otra resolución exactamente igual o muy similar para intentar cobrar lo mismo, se puede promover la queja por repetición del acto anulado, y el TFJA podrá sancionar al funcionario responsable, anular la nueva resolución y exigir cumplimiento real de la sentencia.


⚠ Sanciones por incumplimiento

  • La multa puede ir desde 300 hasta 1,000 veces el salario mínimo diario vigente.
  • Si el superior jerárquico no corrige, él también puede ser sancionado.
  • En caso de incumplimiento de suspensiones, la multa oscila entre 30 y 60 días de salario del servidor público infractor.

Conclusión

El recurso de queja es un instrumento legal fundamental para exigir el respeto a las sentencias, evitar dilaciones, asegurar el cumplimiento efectivo del derecho y garantizar que las autoridades no se burlen del fallo judicial. Le devuelve al justiciable el control cuando el Estado incumple sus propias reglas.

El cargo Recurso de Queja en el Juicio Contencioso Administrativo apareció primero en Acto Administrativo.

]]>
Recurso de Revisión en el Juicio Contencioso Administrativo https://actoadministrativo.com/recurso-de-revision-en-el-juicio-contencioso-administrativo/ Wed, 23 Jul 2025 00:59:08 +0000 https://actoadministrativo.com/?p=27 Recurso de Revisión en el Juicio Contencioso Administrativo: ¿Cuándo y cómo procede? En el marco del juicio contencioso administrativo federal, el recurso de revisión representa una vía de impugnación extraordinaria que puede ser promovida por las autoridades fiscales en defensa del interés público y de la correcta interpretación del orden jurídico. Este recurso está regulado […]

El cargo Recurso de Revisión en el Juicio Contencioso Administrativo apareció primero en Acto Administrativo.

]]>
Recurso de Revisión en el Juicio Contencioso Administrativo: ¿Cuándo y cómo procede?

En el marco del juicio contencioso administrativo federal, el recurso de revisión representa una vía de impugnación extraordinaria que puede ser promovida por las autoridades fiscales en defensa del interés público y de la correcta interpretación del orden jurídico.

Este recurso está regulado por los artículos 63 y siguientes de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA) y sólo puede ser interpuesto por la autoridad que fue parte en el juicio, bajo ciertos supuestos previamente delimitados por la ley.


⚖ ¿Qué resoluciones pueden ser impugnadas?

De acuerdo con el Artículo 63, pueden impugnarse mediante recurso de revisión las resoluciones emitidas por:

  • El Pleno del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
  • Las Secciones de la Sala Superior.
  • Las Salas Regionales.

Siempre que se trate de:

  • Sentencias definitivas.
  • Resoluciones que decreten o nieguen el sobreseimiento.
  • Actos dictados conforme a la Ley del SAT, la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, o el artículo 6º de la LFPCA.

¿Quién puede interponer el recurso?

El recurso solo puede ser promovido por la autoridad (SAT, SHCP, entidad federativa coordinada en ingresos) a través de su unidad jurídica, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que se impugna.


Supuestos en que procede el recurso

Este recurso no está disponible de forma ilimitada. Solo puede interponerse si se actualiza al menos uno de los siguientes diez supuestos legales:

1. Resoluciones de cuantía alta

Cuando el monto exceda 3,500 veces el salario mínimo diario vigente en CDMX.

2. Asuntos de importancia o trascendencia

Aunque la cuantía sea menor o indeterminada, si el recurrente razona su relevancia.

3. Resoluciones en materia fiscal federal

Impugnables cuando abordan temas como:

  • Interpretación legal (explícita o implícita),
  • Elementos esenciales de contribuciones,
  • Competencia de la autoridad emisora,
  • Violaciones procesales que impacten el fallo,
  • Violaciones dentro de la resolución misma,
  • Afectaciones al interés fiscal.

4. Materia de responsabilidades administrativas

Dictadas conforme a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

5. Materia de comercio exterior.

6. Aportaciones de seguridad social

Cuando se abordan:

  • Sujetos obligados,
  • Base de cotización,
  • Grado de riesgo laboral,
  • Pensiones del ISSSTE.

7. Derecho a indemnización

Cuando se declara a favor del particular, o se condena al SAT.

8. Costas e indemnización

En términos del artículo 6º de la LFPCA.

9. Responsabilidad patrimonial del Estado.

10. Inaplicación de normas generales

Sentencias que declaren nulidad con base en control difuso de constitucionalidad o convencionalidad.


Procedimiento y efectos

  • El recurso se presenta ante la misma autoridad que dictó la resolución impugnada.
  • Se remite al Tribunal Colegiado de Circuito competente.
  • El promovente debe acompañar copias para expediente y partes involucradas.
  • Las demás partes pueden comparecer en 15 días ante el Tribunal.
  • Quien obtuvo una resolución favorable puede adherirse al recurso, expresando agravios en ese mismo plazo.

⚖ El trámite se rige por las disposiciones del recurso de revisión en la Ley de Amparo, en cuanto le resulten aplicables.


Conclusión

El recurso de revisión en el juicio contencioso administrativo es una herramienta clave de control legal que permite revisar sentencias relevantes emitidas por el TFJA. Si bien su uso es limitado a ciertos casos y exclusivamente por parte de la autoridad, es un mecanismo vital para preservar el interés fiscal y garantizar uniformidad en la interpretación de normas tributarias, administrativas y constitucionales.

El cargo Recurso de Revisión en el Juicio Contencioso Administrativo apareció primero en Acto Administrativo.

]]>
Recurso de Reclamación https://actoadministrativo.com/recurso-de-reclamacion/ Wed, 23 Jul 2025 00:51:31 +0000 https://actoadministrativo.com/?p=24 ⚖️ Recurso de Reclamación en el Juicio Contencioso Administrativo Federal: ¿Qué es y cuándo procede? Dentro del marco procesal del juicio contencioso administrativo federal, regulado por la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA), el recurso de reclamación representa una herramienta procesal clave para impugnar determinadas decisiones tomadas por el Magistrado Instructor durante la tramitación […]

El cargo Recurso de Reclamación apareció primero en Acto Administrativo.

]]>
⚖ Recurso de Reclamación en el Juicio Contencioso Administrativo Federal: ¿Qué es y cuándo procede?

Dentro del marco procesal del juicio contencioso administrativo federal, regulado por la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA), el recurso de reclamación representa una herramienta procesal clave para impugnar determinadas decisiones tomadas por el Magistrado Instructor durante la tramitación del juicio.

Este recurso busca garantizar el debido proceso y evitar que acuerdos interlocutorios afecten indebidamente los derechos de las partes. A continuación, te explicamos con claridad y precisión sus características más importantes.


¿Qué resoluciones pueden impugnarse con el recurso de reclamación?

De acuerdo con el Artículo 59 de la LFPCA, el recurso de reclamación procede en contra de resoluciones dictadas por el Magistrado Instructor que:

  • Admitan, desechen o tengan por no presentada:
    • La demanda,
    • La contestación,
    • La ampliación de cualquiera de las anteriores,
    • Alguna prueba.
  • Decreten o nieguen el sobreseimiento del juicio antes del cierre de instrucción.
  • Admitan o rechacen la intervención de un tercero.

El recurso debe presentarse ante la Sala o Sección respectiva dentro de los 10 días siguientes a la notificación de la resolución impugnada.


Procedimiento y plazos para resolver (Artículo 60)

Una vez interpuesto el recurso:

  1. Se corre traslado a la contraparte por 5 días para que manifieste lo que a su derecho convenga.
  2. Transcurrido ese plazo, sin más trámite, el asunto se turna a la Sala correspondiente.
  3. La Sala debe resolver en un plazo de 5 días.

⚖ Importante: El magistrado que dictó el acuerdo impugnado no puede excusarse de participar en la resolución del recurso.


Excepción en caso de sobreseimiento por desistimiento (Artículo 61)

Si el recurso se interpone contra el acuerdo que sobresee el juicio por desistimiento del demandante (antes del cierre de instrucción), no será necesario dar vista a la contraparte. Se resuelve directamente.


Reclamación contra medidas cautelares (Artículo 62)

Las resoluciones que concedan, nieguen, modifiquen o revoquen medidas cautelares (por ejemplo, la suspensión del acto reclamado), también pueden ser impugnadas mediante el recurso de reclamación. En este caso:

  • El recurso debe presentarse en un plazo de 5 días desde la notificación.
  • Se corre traslado a las demás partes por otros 5 días.
  • La Sala Regional deberá resolver en un plazo de 5 días, pudiendo:
    • Revocar o modificar la resolución impugnada,
    • Conceder o negar la suspensión solicitada,
    • Confirmar lo resuelto.

La simple interposición del recurso suspende automáticamente la ejecución del acto impugnado, hasta que se resuelva el recurso.


⚖ Hechos supervenientes y atracción por el Pleno

  • La Sala Regional puede modificar o revocar su resolución si ocurre un hecho superveniente que lo justifique.
  • El Pleno del Tribunal Federal de Justicia Administrativa puede ejercer facultad de atracción para resolver recursos de reclamación relevantes o con potencial para fijar jurisprudencia.

Conclusión

El recurso de reclamación es una vía procesal estratégica para corregir decisiones interlocutorias en el juicio contencioso administrativo. Su uso oportuno puede evitar afectaciones procesales graves y permite un control interno dentro del Tribunal para garantizar legalidad, economía procesal y tutela judicial efectiva.

El cargo Recurso de Reclamación apareció primero en Acto Administrativo.

]]>